Dejo aquí la carta de lectores con la que trabajaremos mañana en clase:
Justicia ciega, sorda y amordazada
He leído una excelente carta del señor Oscar Norberto Russo y cito un párrafo de la misma. “Soy abogado desde hace casi 55 años y desde mis primeros pasos en la facultad, como en los diversos estamentos jurídicos en los que me ha tocado transitar, tuve clara la diferencia esencial entre el proceso penal y el proceso civil, y las distintas funciones y atribuciones del órgano jurisdiccional en cada uno de ellos. Consciente de que se trata para los profesionales del derecho, al menos, de una verdad de Perogrullo, debemos no obstante recordar que en el proceso civil domina, con muy pocas excepciones, el principio dispositivo, denominado así pues en las partes disponen del material litigioso: pueden acordar transar, renunciar, desistir, sin que el juez tenga facultad alguna para impedir tales consensuadas decisiones, salvo que se encuentre interesado el orden público o intereses de menores. En cambio, en el proceso penal rige el principio inquisitivo, en el que las partes no pueden disponer de la materia del proceso, como sería por ejemplo acordar una rebaja de la pena o una distinta calificación del delito, y ello es así pues en el proceso penal se debaten cuestiones de orden público, donde el resultado del mismo no afectara solamente a las partes sino al conjunto de la sociedad toda, interesada directamente en la determinación de la verdad real del suceso investigado y, en su caso, en que se apliquen las penas que legalmente correspondan, todo ello en resguardo de la seguridad de las personas y de los bienes que el Estado, a través de sus jueces, están obligados a resguardar celosamente”. Como soy neófita en lo que atañe a leyes, me he basado en esta carta para emitir una opinión simplemente aplicando un criterio de seguridad o de “orden público”, como expone claramente el letrado. No soy partidaria del accionar talibán pero, ¿no está amordazada en este último tiempo la Justicia? Perdonen mi ignorancia, pero no concibo que alguien (especialmente un barrabrava) con prisión “domiciliaria” por un asesinato nos enteramos que muere eludiendo un control de tránsito ¿Cuáles son los recaudos para que la prisión domiciliaria sea efectiva? ¿Un pacto con primates salvajes que atenúa un castigo que debería ser ejemplar? Estoy desconcertada por la laxitud de la Justicia. Acaso, ¿a víctimas asesinadas y familiares se les conmuta “estar más o menos muerto”, a sentir más o menos dolor? Por fuera, de los “pactos” ¿se ha considerado el riesgo que presupone para la sociedad dejar libres a malvivientes? Quizás, sea reiterativa en lo que claramente se expuso en la carta citada, pero creo que es una súplica de toda la ciudadanía que clama por su seguridad. Sigo insistiendo que no entiendo de leyes, pero como soy cinéfila, recuerdo “Los intocables” e hice asociación con los patrimonios confiscados, autos de alta gama, propiedades. ¿No existe un fiscal que haga como Eliot Ness o la Afip, que investigue la evasión de impuestos o testaferros?
Silvia Buonamico
Publicada en diario La Capital el 4 de mayo de 2015